

El crédito es un voto de confianza que se otorga a la solvencia, responsabilidad y capacidad de cumplir de una persona, de una empresa. En el mundo de los negocios, es muy común que las personas y empresas, al intercambiar mercancías o servicios se auxilien del crédito para la realización de estas operaciones y generalmente el crédito suele ampliarse a medida que la relación comercial se fortalece.
Sin embargo, es probable que en muchas ocasiones por razones económicas o de organización, la empresa o persona que ha tomado crédito incumpla con el pago del mismo o se retrase.
Es por esto que debemos asegurarnos al momento de otorgar el crédito de que se cumplan con condiciones que faciliten y hagan posible la exigencia del cobro.
De manera inicial, es importante mostrar disposición a negociar y a encontrar soluciones convenientes para ambas partes, no dar a entender que el cobro de la deuda es una antesala o bloqueo para realizar otros negocios, ya que hay buenos clientes que pueden retrasarse en el pago y no quieren dañar su vínculo comercial. Con estos se pueden realizar acuerdos de pagos y renegociar las condiciones para nuevos créditos. (Cobro persuasivo).
Ahora bien, si estamos ante clientes que no respetan los pactos o se niegan a conciliar o encontrar una solución conveniente, se debe proceder a realizar el cobro por la vía judicial, para lo cual será sumamente útil las recomendaciones que colocamos anteriormente, pues permitirán que se pueda cobrar la deuda a través de requerimientos legales, bloqueos o embargos y finalmente procesos judiciales. (Cobro compulsivo).
En Corporán y Reyna Consultores, contamos con los profesionales y las herramientas para ayudarte a realizar una correcta gestión de cobros, tanto persuasiva como compulsiva.